Poderes y Mandatos
PODERES. Mediante el poder una persona natural otorga a otra persona facultades de representación general o especial para que realice uno o más actos jurídicos en su nombre y representación
Clases de poderes:
Hasta media UIT carta poder con firma legalizada
Más de media UIT hasta tres UITs poder fuera de registros.
Más de tres UITs, para disponer, comprar o vender bienes poder por escritura pública
Base legal: Artículo 145 y Sgs. del Código Civil, artículo 117 y Sgs. De la Ley del Notariado, Artículo 54 del Decreto Supremo N° 010-2010-JUS.
MANDATOS. Mediante el mandato una persona se obliga a realizar uno o más actos jurídicos en nombre y representación de mandante, ambas partes asumen derechos y obligaciones y normalmente es remunerado. Base legal: Artículo 1790 y Sgs. del Código Civil.
Requisitos:
- DNI del poderdante
- Datos completos del apoderado