Inventarios

El inventario es una actuación notarial que consiste en verificar la existencia, condiciones y ubicación en que se encuentran determinados bienes muebles o inmuebles que el solicitante requiera, sin calificar la propiedad ni situación jurídica.

Trámite: Presentada y calificada la solicitud, el Notario señala fecha y hora para la realización de la diligencia, notificando a los interesados, durante la diligencia el Notario describirá ordenadamente los bienes que se encuentren, el lugar, su estado y características, dicha acta será firmada por el Notario y los interesados que concurran, terminada la diligencia, el notario procederá a protocolizar lo actuado.

Base legal: Artículo 29 y Sgs. de la Ley de Competencia Notarial en Asuntos No Contenciosos N° 26662.

Requisitos:

  1. DNI del solicitante
  2. Solicitud señalando genéricamente los bienes a ser inventariados y el lugar donde se encuentran, firmada por abogado.