Elección por tercios del consejo de administración y comités
Las Cooperativas son conducidas y representadas por el Consejo de Administración, el Consejo de Vigilancia, el Comité Electoral, el Comité de Educación, y además uno o varios gerentes, los cargos de los representantes vencen en 1, 2 y 3 años respectivamente según el orden en que hayan sido elegidos, por lo cual todos los años es necesario realzar elecciones para reemplazar a aquellos representantes cuyos cargos hayan vencido, a quienes hayan sido removidos, o a los que han renunciado.
Requisitos:
- Copia de la escritura de constitución y estatuto de la cooperativa
- Libro de actas y padrón de socios
- Partida registral de la cooperativa
- DNIs de las personas que firmarán la escritura
- Acta de la junta donde se adoptó el acuerdo
- Constancias de quorum y convocatoria