Destrucción de Bienes
A través de este procedimiento el Notario a solicitud del interesado deja constancia de la destrucción de bienes muebles (tales como insumos, productos industriales, mercadería, materiales, medicinas, etc.), que se encuentren en desuso o se hayan convertido en obsoletos, ya sea, por deterioro, por vencimiento, por caducidad, por ser defectuosos, etc.
Requisitos:
- DNI del solicitante
- Solicitud indicando fecha, lugar y hora previa coordinación con la notaría
- Vigencia de poder en caso de personas jurídicas
- Relación de bienes a ser destruidos
Copia de la comunicación enviada a SUNAT para contar con la presencia de su representante.