Designación de Apoyos y Salvaguardias

Las personas con discapacidad que manifiestan su voluntad, pueden designar a una o varias personas que los asistan en su vida diaria y en los actos jurídicos que realicen, la persona designada como apoyo va a ser el soporte, el auxilio, la asistencia sin sustituir ni eliminar la voluntad de la persona con discapacidad. Base legal: Artículo 45-B del Código Civil.

Requisitos:

  1. DNI del solicitante
  2. Solicitud
  3. Datos completos del apoyo
  4. Certificado psiquiátrico o psicológico del solicitante que acredite que está en condiciones de manifestar su voluntad