Contrato de Asociación en Participación

Es un acto jurídico mediante el cual el titular de la concesión minera (asociante) se asocia con terceras personas naturales o jurídicas (asociados) concediéndoles una participación en los resultados de la explotación minera, los asociados realizan aporte en dinero o bienes para ser utilizados en la operación minera, la gestión de la operación minera corresponde exclusivamente al asociante.

Base legal: Artículo 440 de la Ley General de Sociedades.

Requisitos:

  1. DNIs de los contratantes
  2. Partida registral de la concesión minera
  3. Vigencia de poderes
  4. Minuta autorizada por abogado