Constancias de convocatoria y quorum
Para inscribir ante SUNARP los acuerdos adoptados por las personas jurídicas, es necesario acompañar la constancia de haber convocado a los asociados a la asamblea, y la constancia del quorum que hubo en la asamblea, estas constancias deben tener la firma del Presidente de la Junta Directiva debidamente certificada ante Notario.
Requisitos:
- Copia de la escritura de constitución y estatuto
- Libro de actas y libro padrón
- Partida registral
- DNI del presidente de la Junta Directiva