EL MONOPOLIO DE LAS VACUNAS DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO

El mundo atraviesa una crisis sanitaria debido al coronavirus, lo cual trae consigo muerte, sufrimiento, cuarentenas y encierro, limitaciones a la socialización, enfermedades psicológicas, problemas económicos, quiebras y despidos masivos, panorama sombrío en el cual surge una pequeña luz de esperanza que es la vacuna, pero hay una gran limitación y es que somos más de 7 mil 837 millones de habitantes en el planeta tierra que necesitamos contar con la vacuna, lo cual hace prever que la industria mundial va a demorar para producir la cantidad suficiente de vacunas, los compradores van a pugnar por adquirirlas, la especulación, sobre costos, mercado negro, y falsificaciones serán pan del día en las siguientes semanas.

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UNA VISTA PANORÁMICA AL SISTEMA CONCURSAL

SÍNTESIS DEL TEMA:             El Sistema Concursal ha sido concebido a fin de generar un clima favorable para que los acreedores y el deudor logren solucionar la crisis del deudor y con ello hacer pago y cobro de las obligaciones, protegiendo el crédito, manteniendo la cadena económica y la integridad productiva del deudor; en el presente trabajo analizaremos que es el Derecho Concursal, sus principales expresiones, y el procedimiento establecido en la ley de la materia.

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LA PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES

La muerte del trabajador abre el derecho a la pensión de sobrevivientes que se deberá otorgar en favor de las personas señaladas por la ley; En la mayoría de legislaciones como es el caso de Francia, Bélgica, España, Argentina, el sujeto destinatario de la pensión de sobrevivientes puede ser: a) El cónyuge supérstite, varón o mujer; b) Los hijos legítimos, adoptivos y naturales, que sean menores de 18 años, o inútiles para el trabajo; c) Los nietos huérfanos; y d) Los ascendientes, padres y abuelos. Evidentemente, esta circunstancia es reflejo del derecho civil, y específicamente del derecho hereditario, pues notamos que los sujetos destinatarios son justamente los herederos del causante; por su parte, cada legislación establece matices, requisitos y condiciones diversas para el otorgamiento de la pensión en cada uno de los casos y dependiendo de la cualidad que tenga el destinatario; sin embargo, una diferencia notable y que vale la pena remarcar es la establecida por el derecho mexicano, donde se considera que tiene derecho a la pensión aquella persona que hubiere “dependido económicamente” del fallecido, de esta manera se apartan significativamente de la idea de los herederos del derecho civil, pudiendo ser beneficiario cualquier persona con la condición elemental de que hubiere dependido económicamente del trabajador fallecido.

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¿PENA DE CÁRCEL A LOS JUECES LENTOS?, a propósito del Proyecto de Ley No 12287/2004-CR

La crisis del sistema judicial no es un tema desconocido ni novedoso, y sin duda uno de los grandes problemas es la lentitud de los procesos judiciales; ello se debe a una serie de complejos problemas, que van desde la normativa vigente que está arcaica, la falta de uso real de la tecnología moderna que esta a nuestro alcance, pues las computadoras son empleadas como simples máquinas de escribir mejoradas, y la excesiva carga procesal, lo cual es imputable a todos los ciudadanos de nuestro país, a los defectos del sistema de administración de justicia, y al diminuto numero de juzgados existentes en relación a la carga procesal que se afronta.

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MEDIDAS CAUTELARES

Es ampliamente conocido que los procesos judiciales tardan demasiado tiempo en concluir, en el Perú un proceso judicial de naturaleza civil dura en promedio 5 años, por cierto la lentitud del poder judicial no es un fenómeno exclusivo de nuestro país sino que se presenta en casi todos los países del mundo, incluso en los más desarrollados y donde el Derecho está más evolucionado como es el caso de Alemania, o Italia.

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LAS TIERRAS DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS

En nuestro medio es muy común encontrar problemas relacionados a la posesión, al uso y a la disposición de las tierras de las comunidades campesinas, problemas que se originan debido a que las personas y hasta los propios comuneros desconocen el marco legal que regula la propiedad comunal y en especial la propiedad de las tierras comunales. Por ello el objetivo de este artículo consiste en explicar resumidamente el régimen de propiedad de las tierras comunales.

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LAS SOCIEDADES INSOLVENTES DEBEN DISOLVERSE Y LIQUIDARSE

Si empleamos la simple lógica todos coincidiremos en que cuando una sociedad pierde una parte importante de su capital, esta debe ser liquidada, pues, no podría cumplir con sus obligaciones; dicha premisa fue debidamente incorporada en La Ley General de Sociedades No 26887, en cuyos artículos 176, 220 y 407 establece en resumen que cuando existan pérdidas no recuperadas, superiores al 50% del capital social, se debe proceder a reducirse el capital social de la empresa, y en caso que las pérdidas superen 2/3 partes del capital, deberá procederse a la disolución de la empresa.

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LAS NOTIFICACIONES COMO PUNTO DE PARTIDA DEL DERECHO A LA DEFENSA Y AL DEBIDO PROCESO

El debido proceso está concebido como el cumplimiento de todas las garantías y normas de orden público que deban aplicarse a todos los casos y procedimientos existentes en el Derecho”. “Por virtud de él se garantiza que las personas, en la determinación de sus Derechos y Obligaciones cualquiera [que] sea su naturaleza (civil, mercantil, penal, laboral, etc.) no queden en estado de indefensión.(1)

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