Garantía Mobiliaria

Es un acto jurídico mediante el cual el propietario de un bien mueble (vehículo, maquinaria, etc.) afecta dicho bien para garantizar el cumplimiento de una obligación de cualquier naturaleza (generalmente deudas) presentes o futuras, determinadas o determinables, esta garantía puede otorgarse con o sin desposesión del bien, sujetas o no a modalidades. Base legal: Ley de Garantía Mobiliaria N° 28677, Decreto Legislativo N° 1400.

Requisitos:

  1. DNI de los otorgantes
  2. Boleta informativa del vehículo o documento que acredite la propiedad del bien