Prescripción Adquisitiva de Vehículo

Es un procedimiento no contencioso que permite al solicitante obtener el derecho de propiedad de un vehículo automotor, por prescripción adquisitiva de dominio mediante la posesión continua, pacífica, pública, de buena fe y como propietario durante cuatro años.

Trámite: Presentada la solicitud es admitida por el notario, disponiendo las publicaciones en los diarios, en el portal de internet de la SUNARP, la anotación preventiva ante Registros Públicos, y las notificaciones al titular registral y al inmediato transferente. 25 días hábiles después de la última publicación se procede a extender un acta de presencia en la que se compruebe la posesión pacífica, pública, de buena fe del vehículo, se tomará la declaración de los testigos, de no presentarse oposición alguna se eleva a Escritura Pública cursando los partes a la SUNARP para la inscripción.

Base legal: Ley que regula el traslado de las inscripciones de vehículos menores y su acervo documentario de las municipalidades a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP Nº 28325, artículo 504 y siguientes del Código Procesal Civil.

Requisitos:

  1. DNI del solicitante
  2. Solicitud firmada por abogado
  3. Certificado de gravámenes
  4. Boleta informativa
  5. Constancia expedida por la P.N.P. que acredite que el vehículo no tiene afectación por robo
  6. Medios probatorios que acrediten la posesión del vehículo por más de cuatro años (Ejemplo, contratos de transferencia, escrituras imperfectas, SOAT, tarjeta de circulación, facturas o boletas de repuestos, mecánica, etc.).
  7. Seis testigos mayores de veinticinco años de edad (no parientes)